IUSera
Registro digital 2010560 · Tesis aislada · 10a. Época · III.1o.T.22 L (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

INSTITUTO DE PENSIONES DEL ESTADO DE JALISCO. PRESCRIPCIÓN DE LOS ENTEROS.

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

Conforme a los artículos 1, 2, 39, 42, 43, 44 y 149 de la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, su aplicación es de orden público e interés social en el Estado y tiene por objeto regular el otorgamiento, por la Dirección de Pensiones del Estado, de las prestaciones y servicios a sus afiliados, con las modalidades y condiciones que señaladas en la misma, quedaron bajo un régimen obligatorio y voluntario; que con tal finalidad, obliga a patrones y afiliados sujetos a esa ley, a pagar a la Dirección de Pensiones una cuota o aportación obligatoria, esto es, precisa que las aportaci...

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