COSA JUZGADA. DICHA EXCEPCIÓN NO SE CONFIGURA RESPECTO DE LA ACCIÓN DE PENSIÓN DE INVALIDEZ, AL ESTAR ÉSTA SUPEDITADA A LA EVOLUCIÓN DE LAS ENFERMEDADES GENERALES EN QUE SE SUSTENTA.
Texto de la tesis
Si en un juicio sobre otorgamiento de una pensión de invalidez, en términos del artículo 119 de la Ley del Seguro Social, la Junta absuelve al Instituto Mexicano del Seguro Social con motivo de que el actor no acreditó la imposibilidad para procurarse cuando menos el cincuenta por ciento de sus ingresos del último año laborado, tal circunstancia no es obstáculo para que se intente de nueva cuenta su otorgamiento, pues los padecimientos diagnosticados en el juicio laboral primigenio pudieran haber evolucionado al grado que actualicen los requisitos de la pretensión. Por ello, dicha excepción no...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.