IUSera
Registro digital 2010390 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.C.25 K (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO. AL ACTUALIZARSE LA CAUSAL PREVISTA EN LA FRACCIÓN XI DEL ARTÍCULO 61 DE LA LEY RELATIVA, REFERENTE A QUE LOS ACTOS RECLAMADOS HAYAN SIDO MATERIA DE UNA EJECUTORIA EN UNO DIVERSO, SE RESTRINGE VÁLIDAMENTE EL DERECHO HUMANO DE ACCESO A LA JUSTICIA.

Constitucional y Amparo Derechos Humanos Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que los derechos humanos no son absolutos y, por ello, pueden restringirse o suspenderse válidamente en los casos y condiciones que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevea, de conformidad con su artículo 1o., párrafo primero, reformado por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de junio de 2011. En ese sentido, el artículo 30 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos señala que las limitaciones permitidas al goce y ejercicio de los derechos y las libertades reconocidas en ésta, no pu...

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