IUSera
Registro digital 2010312 · Tesis aislada · 10a. Época · XVII.1o.C.T.47 L (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

RESCISIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL. OBLIGACIONES DEL PATRÓN CONFORME AL ARTÍCULO 47 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO (NOTIFICACIÓN PERSONAL O A TRAVÉS DE LA JUNTA DEL AVISO RESPECTIVO).

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

Conforme a los artículos 777 y 779 de la Ley Federal del Trabajo, la actividad probatoria de las partes debe circunscribirse a los hechos controvertidos y deben desecharse aquellas que no tengan relación con la litis planteada; por tanto, es menester analizar a quién corresponde probarlos. Así, por regla general, se atribuye a cada una de las partes según los hechos que sustenten sus pretensiones, normalmente de conformidad con las siguientes reglas: a) La carga de probar incumbe al que afirma; b) Corresponde al demandado acreditar los hechos en los que apoya sus excepciones; y, c) Quien hace...

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