IUSera
Registro digital 2010192 · Tesis aislada · 10a. Época · XI.1o.A.T.25 L (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

OBJECIÓN DE DOCUMENTOS EN MATERIA LABORAL. ETAPA PROCESAL EN QUE DEBE REALIZARSE.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Si el patrón no reconoció en su escrito de contestación de demanda ser el responsable de la fuente de trabajo y menos aún indicó contar con trabajadores, ni de las constancias del juicio obra alguna de la que se infiera que cumpla obligaciones fiscales o de seguridad social; que esté registrado ante el Instituto Mexicano del Seguro Social o ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, o cualquier otra manifestación que lo obligara a pronunciarse al respecto; entonces, la objeción de documentos que tiendan a demostrar su calidad de patrón debe hacerla en la etapa d...

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