IUSera
Registro digital 2010156 · Tesis aislada · 10a. Época · 2a. LXXX/2015 (10a.) · Segunda Sala

NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS. FORMA DE APLICAR LA JURISPRUDENCIA DE RUBRO: "NOTIFICACIÓN POR ESTRADOS. INTERPRETACIÓN DE LA EXPRESIÓN ‘NO SEA LOCALIZABLE’ ESTABLECIDA EN LA PRIMERA PARTE DE LA FRACCIÓN III DEL ARTÍCULO 134 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN EN SU TEXTO ANTERIOR A LA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 9 DE DICIEMBRE DE 2013.".

Fiscal y Hacendario Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El punto séptimo del Acuerdo General Número 19/2013 (*), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2013, prevé que se considerará de aplicación obligatoria un criterio jurisprudencial a partir del lunes hábil siguiente -si es inhábil a partir del día hábil siguiente-, al día en que la tesis respectiva sea ingresada al Semanario Judicial de la Federación. De conformidad con ello, el criterio contenido en la jurisprudencia aludida, sólo será obligatorio para las notificaciones realizadas con posterioridad a su publicación en el Semanario Judicial de la Federación y no...

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