SUSPENSIÓN EN EL AMPARO INDIRECTO. ES IMPROCEDENTE CONCEDERLA CONTRA LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DEL ARTÍCULO 191 DE LA LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN, EN EL QUE SE ESTABLECEN DIVERSAS DISPOSICIONES PARA PRIVILEGIAR LA TRANSPARENCIA EN LOS CONTRATOS DE ADHESIÓN CELEBRADOS EN LA PRIMERA DE ESAS MATERIAS, ASÍ COMO LOS DERECHOS DE LOS USUARIOS FRENTE A LAS EMPRESAS CONCESIONARIAS EN EL SECTOR.
Texto de la tesis
En el citado precepto se establecen diversas disposiciones cuyo propósito es privilegiar la transparencia en los contratos de adhesión celebrados en materia de telecomunicaciones, así como los derechos de los usuarios frente a las empresas concesionarias en ese sector, en torno a: la devolución del saldo cuando éste expire y no se haya aplicado; no cobrarles una cantidad diversa a la relativa al servicio cuando concluya el plan pactado; y, que se les desglosen los conceptos por los que habrán de pagar mensualmente con motivo de la prestación del servicio que se les brinde. De esta manera se de...
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