PROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO. INTERPRETACIÓN CONFORME DEL ARTÍCULO 170, FRACCIÓN II, DE LA LEY DE LA MATERIA.
Texto de la tesis
La interpretación armónica de la disposición citada con la fracción I del propio precepto, revela que la suma de esas porciones normativas configura un sistema que regula las hipótesis de procedencia del juicio de amparo directo de manera integral: la fracción I contempla su viabilidad tanto contra resoluciones evidentemente desfavorables al gobernado, como contra aquellas en apariencia favorables pero que lo agravian; mientras que la fracción II instaura una regla excepcional para controvertir los fallos con los que el quejoso vio plenamente satisfecha su pretensión en el juicio contencioso a...
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