IUSera
Registro digital 2010079 · Tesis aislada · 10a. Época · XXI.1o.P.A.26 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS PENAL Y ADMINISTRATIVA DEL VIGÉSIMO PRIMER CIRCUITO.

TÁCITA RECONDUCCIÓN. ES INAPLICABLE DICHA FIGURA EN CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO CELEBRADOS SOBRE TIERRAS DE USO COMÚN DE UN EJIDO.

Civil y Familiar Agrario y Rural
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Texto de la tesis

Las tierras de uso común de un ejido son inalienables, imprescriptibles e inembargables, y en términos del artículo 23, fracción V, de la Ley Agraria, corresponde a la asamblea general de ejidatarios, como órgano máximo del núcleo, aprobar los contratos y convenios que tengan por objeto su uso o disfrute por terceros; cuyas características se encuentran reguladas por los artículos 43, 44, fracción II, 56, 73, 74 y 75 del ordenamiento citado. En consecuencia, si la superficie materia de la acción de terminación de un contrato de arrendamiento, celebrado entre el ejido y un tercero, está conside...

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