PERSONAS MORALES PÚBLICAS. CARECEN DE LEGITIMACIÓN PARA PROMOVER JUICIO DE AMPARO CONTRA RESOLUCIONES DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, EN DEFENSA DE ACTOS EMITIDOS EN SU CARÁCTER DE AUTORIDAD.
Texto de la tesis
El principal objetivo del juicio de amparo es dirimir cualquier controversia suscitada por leyes o actos que violen derechos humanos, los cuales, como derechos subjetivos, sólo se otorgan a las personas físicas o morales y no a las entidades públicas. No obstante, esa regla admite como excepción el supuesto contenido en el artículo 7o. de la Ley de Amparo, conforme al cual, las personas morales públicas pueden ocurrir en demanda de amparo a través de los servidores públicos o representantes que designen las leyes respectivas, cuando el acto o la ley que reclamen afecten sus intereses patrimoni...
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