IUSera
Registro digital 2010034 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.XV. J/13 K (10a.) · PLENO DEL DECIMOQUINTO CIRCUITO.

RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO E), DE LA LEY DE AMPARO. PROCEDE CONTRA EL ACUERDO DICTADO POR EL JUEZ DE DISTRITO EN EL QUE NIEGA AL QUEJOSO LA DEVOLUCIÓN DE LOS DOCUMENTOS ORIGINALES QUE ADJUNTÓ A SU DEMANDA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Este Pleno del Decimoquinto Circuito, al resolver la contradicción de tesis 4/2013 (*), adoptó un criterio sobre lo que debe entenderse por afectación trascendental y grave para efectos de la procedencia del recurso de queja, al interpretar el artículo 95, fracción VI, de la Ley de Amparo abrogada; luego, en atención a que donde obra la misma razón opera la misma disposición, la interpretación del artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo vigente, debe ser igual a la de aquel precepto, que se refiere a que se actualiza una afectación trascendental y grave cuando la violación que...

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