IUSera
Registro digital 2009962 · Tesis aislada · 10a. Época · VI.1o.A.91 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEXTO CIRCUITO.

CRÉDITOS DETERMINADOS CONFORME AL ARTÍCULO 41, FRACCIÓN II, DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN. EN LA HIPÓTESIS DE CONOCERSE DE MANERA FEHACIENTE LA CANTIDAD A LA QUE ES APLICABLE LA TASA O CUOTA CORRESPONDIENTE, LA COMPETENCIA MATERIAL RECAE EN LAS ADMINISTRACIONES LOCALES DE AUDITORÍA FISCAL, EN APLICACIÓN DEL PRINCIPIO DE INTERPRETACIÓN PRO HOMINE.

Fiscal y Hacendario
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Texto de la tesis

El artículo 41, fracción II, del Código Fiscal de la Federación establece el procedimiento para que las autoridades fiscales exijan a las personas obligadas a presentar declaraciones, avisos y demás documentos, que den cumplimiento a ese deber en el supuesto de no haberlo hecho dentro de los plazos señalados en las disposiciones relativas. Al efecto regula de manera independiente dos supuestos: a) si la declaración omitida es relativa a contribuciones periódicas para el pago de contribuciones, puede hacerse efectiva una cantidad igual al monto mayor que hubiera determinado a su cargo el contri...

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