ACUMULACIÓN DE JUICIOS DE AMPARO INDIRECTO. PROCEDIMIENTO CUANDO SE ENCUENTREN RADICADOS ANTE DIFERENTES JUZGADORES FEDERALES.
Texto de la tesis
Para acumular juicios de amparo indirecto radicados ante Tribunales Unitarios de Circuito o Juzgados de Distrito distintos, es necesario atender a lo dispuesto en los artículos 66 y 67 de la Ley de Amparo, así como en los numerales del 34 al 39, 74 y demás conducentes del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria, al tenor de los cuales la acumulación de autos puede promoverse a petición de parte o de oficio, debiendo formularse la solicitud respectiva ante el juzgador que previno en la causa -es decir, el que conoció cronológicamente antes de uno de los juicios de amp...
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