IUSera
Registro digital 2009906 · Tesis aislada · 10a. Época · III.1o.C.25 C (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

SENTENCIA DE CONCURSO MERCANTIL. NO PROCEDE OTORGAR LA SUSPENSIÓN, RESPECTO DE SU PUBLICACIÓN, YA QUE SE AFECTARÍA AL INTERÉS SOCIAL QUE PREVALECE FRENTE AL DEL COMERCIANTE CONCURSADO.

Constitucional y Amparo Mercantil
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 128 de la Ley de Amparo,(1) establece los requisitos que habrán de cumplirse para el otorgamiento de la suspensión del acto reclamado, entre los que se encuentran que no se perjudique al interés social, ni se contravengan disposiciones de orden público. En ese contexto, no puede otorgarse esta medida respecto de la publicación de la sentencia de concurso mercantil, ya que la ponderación entre el interés social de dar a conocer su existencia a todas las personas que pudiesen estar interesadas en acudir a ese proceso especial y universal para hacer valer sus derechos, indica que, fre...

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