IUSera
Registro digital 2009854 · Tesis aislada · 10a. Época · VII.2o.C.97 C (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SÉPTIMO CIRCUITO.

RECLAMACIÓN. EN SU RESOLUCIÓN NO ES FACTIBLE DESCONOCER EL CARÁCTER DE ACREEDOR ALIMENTARIO DE UN MENOR QUE DURANTE EL PROCEDIMIENTO RESPECTIVO ADQUIRIÓ LA MAYORÍA DE EDAD.

Civil y Familiar Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La pensión alimenticia provisional, como medida cautelar, tiene como finalidad garantizar la subsistencia de los acreedores alimentarios, por lo que su dictado goza de las características de urgente e inaplazable. Tal finalidad conlleva una justificación suficiente para que si durante el procedimiento de reclamación contra ésta, un menor adquiere la mayoría de edad, el Juez lo siga teniendo como acreedor alimentario en función de la demanda que su progenitor promovió en su representación, a fin de no cancelar o reducir al mínimo dicha pensión, bajo el argumento de que éste ha cumplido la mayor...

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