OFRECIMIENTO DE TRABAJO. ES DE MALA FE SI LA DEMANDADA INTERPONE INCIDENTES DE PREVIO Y ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO NOTORIAMENTE IMPROCEDENTES CON LA ÚNICA INTENCIÓN DE PROVOCAR EL RETARDO EN LA SOLUCIÓN DEL ASUNTO.
Texto de la tesis
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver diversas contradicciones de tesis sobre la figura del ofrecimiento de trabajo y sus efectos sobre la carga probatoria, ha establecido varias reglas, entre ellas, la relativa a la conducta procesal del oferente, como uno de los elementos a ponderar para calificarlo, apuntando que habrá mala fe, entre otros supuestos, cuando el patrón persiga hastiar al trabajador en el litigio para hacerlo desistir de su reclamo. Luego, si en el juicio de origen suscitado entre un servidor público y un Ayuntamiento del Estado de Jalisco,...
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