RECURSOS PENDIENTES DE RESOLVER, QUE HACEN IMPROCEDENTE EL AMPARO. NO TIENEN ESE CARÁCTER LOS INTERPUESTOS POR TERCEROS.
Texto de la tesis
Es incorrecta la declaración de improcedencia del amparo, fundada en el artículo 61, fracción XIX, de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, si el recurso o medio de defensa de que se trate, y que se dice puede tener por efecto modificar, nulificar o revocar el acto reclamado, no ha sido planteado precisamente por el quejoso, sino por terceros. En efecto, aparte de que el precepto citado es claro al señalar que el recurso o medio de defensa debe haber sido propuesto por el quejoso, hay que tener en cuenta que el recurso interpuesto por un tercero puede no traer por e...
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