LITISDENUNCIACIÓN O DENUNCIA DEL JUICIO A TERCERO. CONTRA SU NEGATIVA PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO, POR SER UN ACTO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN QUE AFECTA EL DERECHO SUSTANTIVO A LA JURISDICCIÓN (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013) (APLICABILIDAD DE LA JURISPRUDENCIA 1A./J. 102/2008).
Texto de la tesis
La figura jurídica de la litisdenunciación es un acto procesal que se traduce en un derecho de las partes a solicitar al juzgador que haga del conocimiento de un tercero la existencia del juicio, con la finalidad de que quede vinculado a éste, para que la sentencia que llegue a dictar pueda adquirir, en su caso, la autoridad de la cosa juzgada frente a él. La denegación de dicha figura jurídica, de acuerdo con la jurisprudencia 1a./J. 102/2008, de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página 212, Tomo XXIX, enero de 2009, Novena Época del Semanario Judic...
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