LEGITIMACIÓN EN EL JUICIO DE AMPARO. LA TIENE LA SOCIEDAD MEXICANA DE DIRECTORES-REALIZADORES DE OBRAS AUDIOVISUALES PARA PROMOVERLO EN DEFENSA DE LOS DERECHOS DE SUS MIEMBROS, CUANDO ÉSTOS RESIENTEN INDIRECTAMENTE LOS EFECTOS DE LA NORMA RECLAMADA, CUYOS DESTINATARIOS SON LOS CONCESIONARIOS QUE PRESTAN SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN O TELEVISIÓN RESTRINGIDA.
Texto de la tesis
El artículo 200, primer párrafo, de la Ley Federal del Derecho de Autor establece que las sociedades de gestión colectiva estarán legitimadas para ejercer y hacer valer los derechos confiados a su gestión en toda clase de procedimientos judiciales, por la mera autorización que les haya sido otorgada por el Instituto Nacional del Derecho de Autor. Por su parte, los artículos 3, 4, 5 y 16 del Estatuto de la Sociedad Mexicana de Directores-Realizadores de Obras Audiovisuales disponen que ésta tiene por objeto intervenir en la protección de los derechos, tanto morales como patrimoniales, de los di...
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