IUSera
Registro digital 2009712 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.3o.80 K (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

RECURSO DE QUEJA PREVISTO EN EL ARTÍCULO 97, FRACCIÓN I, INCISO E), DE LA LEY DE AMPARO. PROCEDE CONTRA EL AUTO DEL JUEZ DE DISTRITO QUE EN EL TRÁMITE DEL INCIDENTE DE SUSPENSIÓN DEJA DE TENER COMO RESPONSABLE A UNA AUTORIDAD.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Conforme al artículo 97, fracción I, inciso e), de la Ley de Amparo, el recurso de queja procede en amparo indirecto, entre otros supuestos, contra las resoluciones que se dicten durante la tramitación del incidente de suspensión, siempre que reúnan las siguientes características: a) en su contra no se admita expresamente el recurso de revisión; b) su contenido sea de naturaleza trascendental y grave; c) con ella se cause perjuicio al recurrente; y, d) ese perjuicio no sea reparable en la sentencia definitiva. En ese tenor, la resolución dictada por el Juez de Distrito durante el trámite del i...

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