IUSera
Registro digital 2009673 · Tesis aislada · 10a. Época · 2a. LXI/2015 (10a.) · Segunda Sala

COMPETENCIA ECONÓMICA. EL ARTÍCULO 9O., FRACCIÓN IV, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, VIGENTE HASTA EL 6 DE JULIO DE 2014, NO VIOLA LOS PRINCIPIOS DE TIPICIDAD Y EXACTA APLICACIÓN DE LA LEY AL DEFINIR LAS CONDUCTAS QUE SANCIONA.

Constitucional y Amparo Mercantil
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El precepto referido no contiene una redacción que dificulte su comprensión y, por ende, no viola los principios de tipicidad y exacta aplicación de la ley, ya que las 4 conductas que describe (establecer, concertar, coordinar y abstener) pueden ocurrir en los eventos que la propia norma menciona, esto es, en licitaciones, concursos, subastas o almonedas públicas, lo que se corrobora con la utilización de la conjunción "o" que sirve para relacionar dos o más posibilidades. De ahí que serán práctica monopólica absoluta los contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.