ROBO DE VEHÍCULO. NO SE CONFIGURA ESTE DELITO POR EL CHOFER DE UN TAXI HACIA SU PROPIETARIO, SI SU POSESIÓN DERIVA DE UNA RELACIÓN LABORAL ENTRE ÉSTOS (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE VERACRUZ).
Texto de la tesis
Dentro de los elementos normativos de valoración jurídica que integran el tipo que describe al delito de robo de vehículo, previsto en el artículo 209, fracción I, del Código Penal para el Estado de Veracruz, se encuentra el apoderamiento, entendido éste como una conducta en la que el sujeto dispone del objeto con el ánimo de ejercer sobre él una plena disposición en su beneficio, sacándolo de la esfera del dominio de quien legalmente lo posee, esto es, ejercer un desapoderamiento de aquel que tiene su legítima tenencia orientado al ánimo, impidiendo que ejerza su libre disposición; sin embarg...
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