IUSera
Registro digital 2009614 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.82 K (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

ACTUACIONES JUDICIALES. ATENTO AL PRINCIPIO DE CONSERVACIÓN SON VÁLIDAS LAS PRACTICADAS MATERIALMENTE EN DÍAS DECLARADOS INHÁBILES POR EL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL.

Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con el artículo 74 del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal, la nulidad por falta de observancia de formalidades dentro del proceso, tiene lugar cuando se produce indefensión, entendida ésta como una situación en la que los titulares de derechos e intereses legítimos se ven imposibilitados para ejercer las acciones legales suficientes para su defensa. No obstante, los días que deben considerarse inhábiles para la práctica de actuaciones judiciales son los establecidos por el legislador y no los señalados por acuerdos de una autoridad administrativa, como lo...

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