TRABAJADORES DEL ISSSTE. EL PATRÓN PUEDE MODIFICAR UNILATERALMENTE SUS FUNCIONES Y CONDICIONES LABORALES, SIEMPRE Y CUANDO LAS ASIGNADAS SEAN ACORDES A LOS CONOCIMIENTOS Y APTITUDES QUE SE CONSIDERARON PARA SU DESIGNACIÓN.
Texto de la tesis
Mediante convenio celebrado entre el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y su sindicato de trabajadores, el 7 de junio de 2010 se modificaron los artículos 41 y 42 de las condiciones generales de trabajo de dicho organismo, vigentes a partir del 10 de agosto de 2010, por lo que con base en tales numerales, la comunicación por la que se informa a los trabajadores que sus jornadas tendrán una duración de once horas, con horario de las diecinueve treinta a las seis treinta horas, los lunes, miércoles y viernes de cada semana, de acuerdo con el referido artíc...
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