TERCERO INTERESADO EN EL JUICIO DE AMPARO INDIRECTO EN MATERIA PENAL. TIENE ESE CARÁCTER EL INDICIADO, CUANDO LA VÍCTIMA U OFENDIDO DEL DELITO LO PROMUEVE CONTRA LA RESOLUCIÓN QUE NIEGA EL LIBRAMIENTO DE LA ORDEN DE APREHENSIÓN (INTERPRETACIÓN CONFORME DEL ARTÍCULO 5O., FRACCIÓN III, INCISO D), DE LA LEY DE LA MATERIA CON LA CONSTITUCIÓN FEDERAL).
Texto de la tesis
Si bien es cierto que el artículo 5o., fracción III, inciso d), de la Ley de Amparo establece como condiciones para tener como tercero interesado al indiciado o procesado cuando el acto reclamado sea "el no ejercicio o el desistimiento de la acción penal por el Ministerio Público", también lo es que de una interpretación conforme de dicho numeral con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano es Parte, así como de la jurisprudencia emitida tanto por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como por la Corte Interameri...
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