IUSera
Registro digital 2009536 · Tesis aislada · 10a. Época · I.3o.C.207 C (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.

VÍA EJECUTIVA MERCANTIL. LA RESOLUCIÓN QUE CONFIRMA LA DIVERSA QUE DECLARA INFUNDADA LA EXCEPCIÓN DE IMPROCEDENCIA DE AQUÉLLA AFECTA MATERIALMENTE DERECHOS SUSTANTIVOS DEL DEMANDADO DE CARÁCTER PATRIMONIAL, POR LO QUE EN SU CONTRA PROCEDE EL AMPARO INDIRECTO.

Constitucional y Amparo Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Del artículo 107, fracción V, de la Ley de Amparo, se advierte que procede el juicio de amparo indirecto contra actos cuyos efectos sean de imposible reparación, entendiéndose por ellos los que afecten materialmente derechos sustantivos tutelados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea Parte. La resolución que confirma la interlocutoria que desestima la excepción de improcedencia de la vía es un presupuesto procesal que por regla general hace improcedente el juicio de amparo biinstancial por tratarse de una...

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