IUSera
Registro digital 2009535 · Tesis aislada · 10a. Época · III.1o.C.23 C (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

TRANSACCIÓN JUDICIAL. NO LA CONSTITUYE EL CONTRATO EN EL QUE LAS PARTES NO SE HACEN RECÍPROCAS CONCESIONES (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE JALISCO).

Civil y Familiar Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

Los artículos 1321, 1322 y 1323 del Código Civil del Estado de Jalisco,(1) establecen que si los términos de un contrato no dejan duda sobre la intención de los contratantes, se estará al sentido literal de sus cláusulas; así como que la generalidad de los términos del contrato debe entenderse respecto de las cosas y casos sobre los que los interesados se propusieron contratar; y que los contratos deben interpretarse de manera global para que surtan sus efectos legales en forma integral. En ese sentido, el hecho de que las partes se refieran a un acto jurídico con el título de "transacción", f...

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