IUSera
Registro digital 2009499 · Tesis aislada · 10a. Época · III.2o.C.11 K (10a.) · SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.

ACTO DENTRO DE JUICIO DE IMPOSIBLE REPARACIÓN. TIENE TAL CARÁCTER EL AUTO QUE RESUELVE UN RECURSO DE REVOCACIÓN Y CONFIRMA EL DIVERSO EN QUE SE NIEGA LA PETICIÓN DE LAS PARTES, DE ELEVAR A LA CATEGORÍA DE SENTENCIA EJECUTORIADA, UN CONVENIO SUSCRITO ENTRE ELLAS PARA DAR POR TERMINADA LA CONTROVERSIA.

Constitucional y Amparo Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con el artículo 107, fracción V, de la Ley de Amparo, las dos condiciones que el legislador dispuso para la promoción del amparo indirecto contra actos de imposible reparación dictados en el proceso, consisten en que se trate de actos "que afecten materialmente derechos" y que éstos revistan la categoría de derechos "sustantivos", expresión antagónica a los derechos de naturaleza formal o adjetiva. Así, el auto que resuelve un recurso de revocación y confirma el diverso en que se niega la petición de las partes contendientes, de elevar a la categoría de sentencia ejecutoriada, u...

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