IUSera
Registro digital 2009489 · Jurisprudencia · 10a. Época · PC.VII.P. J/1 P (10a.) · PLENO EN MATERIA PENAL DEL SEPTIMO CIRCUITO.

IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO POR CESACIÓN DE EFECTOS DEL ACTO RECLAMADO. ESTA CAUSAL SE ACTUALIZA RESPECTO DE LA RESOLUCIÓN QUE IMPONE UNA CORRECCIÓN DISCIPLINARIA DERIVADA DEL PROCEDIMIENTO DISCIPLINARIO ESTABLECIDO EN EL REGLAMENTO DE LOS CENTROS FEDERALES DE READAPTACIÓN SOCIAL, SI TAMBIÉN SE RECLAMA LA EMITIDA EN EL RECURSO DE INCONFORMIDAD QUE CONFIRMA O MODIFICA EL CORRECTIVO EN PERJUICIO DEL INTERNO.

Constitucional y Amparo Penal
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Cuando se reclaman tanto la resolución que impone un correctivo disciplinario emitida por el Consejo Técnico Interdisciplinario, como la de la inconformidad expedida por el Coordinador General de Centros Federales de Readaptación Social, que confirma o modifica el correctivo en perjuicio del interno, debe considerarse que respecto de la primera, el juicio de amparo es improcedente con fundamento en la fracción XXI del artículo 61 de la Ley de Amparo, por haber cesado en sus efectos, al ser sustituida por la emitida por la autoridad revisora en la inconformidad, en tanto que es en esta última d...

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