IUSera
Registro digital 2009449 · Tesis aislada · 10a. Época · XXII.4o.1 L (10a.) · CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SEGUNDO CIRCUITO.

TERCERÍA EXCLUYENTE DE PREFERENCIA EN MATERIA LABORAL. TRATÁNDOSE DE DIVERSOS EMBARGOS SOBRE LOS MISMOS BIENES QUE GARANTICEN CRÉDITOS LABORALES, DEBE PROMOVERSE ANTE LA JUNTA QUE TRAMITE LA EJECUCIÓN RESPECTIVA Y NO ANTE LA QUE HAYA CONOCIDO DEL JUICIO QUE GENERÓ EL CRÉDITO QUE SE ADUCE PREFERENTE (INAPLICABILIDAD DE LA FRACCIÓN I DEL ARTÍCULO 980 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, VIGENTE HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2012).

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Para establecer la preferencia de varios embargos sobre los mismos bienes, el artículo 966 de la Ley Federal del Trabajo, vigente hasta el 30 de noviembre de 2012, distingue la hipótesis en la que todos los secuestros se practiquen en ejecución de créditos laborales y del caso en el que un embargo se trabe con motivo de un adeudo laboral y otro sea practicado por créditos de naturaleza diferente. En este último supuesto, para hacer valer la preferencia, debe tramitarse el procedimiento previsto en los artículos 113, 979, 980 y 981 de la citada ley, mediante solicitud ante la Junta que conoció...

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