RECURSO DE RECLAMACIÓN. PROCEDE CONTRA LA MULTA IMPUESTA A LA AUTORIDAD RESPONSABLE POR EL PRESIDENTE DE UN TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO.
Texto de la tesis
De la interpretación del artículo 104 de la Ley de Amparo, se colige que el recurso de reclamación procede contra los acuerdos de trámite dictados por los presidentes -entre otros- de los Tribunales Colegiados de Circuito. Por tanto, si durante la sustanciación del recurso de queja ante un Tribunal Colegiado de Circuito, en términos de los artículos 99, primer párrafo y 101 de la ley de la materia, su presidente impone una multa a la autoridad responsable, es inconcuso que esta determinación constituye un acuerdo de trámite y, por ende, en su contra procede el recurso de reclamación. PRIMER TR...
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