PROCEDIMIENTO DE DECLARACIÓN DE PREPONDERANCIA EN EL SECTOR DE LA RADIODIFUSIÓN. EL JEFE DE LA UNIDAD DE POLÍTICA REGULATORIA DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES TIENE FACULTAD PARA INICIARLO, EN TANTO QUE ES COMPETENTE PARA SUSTANCIARLO (NORMATIVA ABROGADA).
Texto de la tesis
De los artículos 4, fracción IV, inciso a), 22, fracción II y 24, apartado A), fracción XI, del abrogado Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL), se advierte que el jefe de la Unidad de Política Regulatoria de ese órgano tiene competencia para sustanciar el procedimiento administrativo, con miras al dictado de la declaración de agente económico preponderante en el sector de la radiodifusión. En este sentido, según el Diccionario de la Lengua Española de la Real Academia Española, "sustanciar" significa: "Conducir un asunto o juicio por la vía procesal adecuada ha...
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