ASESOR JURÍDICO EN EL JUICIO LABORAL CON CARTA DE PASANTE. PARA FUNGIR COMO TAL ES SUFICIENTE QUE ÉSTA SEA EXPEDIDA POR LAS UNIVERSIDADES QUE IMPARTEN LA LICENCIATURA EN DERECHO (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 1O. DE DICIEMBRE DE 2012).
Texto de la tesis
La carta de pasante expedida por la universidad en la que su portador cursó la licenciatura en derecho, es suficiente para que se le tenga con el carácter de asesor jurídico en el juicio laboral, dado que ésta cumple con las especificaciones previstas por el artículo 692, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, pues de éste no se advierte que dicho documento deba ser expedido por la Secretaría de Educación Pública, o por alguna otra dependencia de la administración pública estatal o federal, ya que, de haber sido ésa la intención del legislador, así lo hubiese plasmado; sin embargo, al no...
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