IUSera
Registro digital 2009126 · Jurisprudencia · 10a. Época · 2a./J. 29/2015 (10a.) · Segunda Sala

EMBARGO COMO MEDIDA DE APREMIO EN LA EJECUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO LABORAL BUROCRÁTICO. AL NO ESTAR PREVISTO EN LAS LEGISLACIONES DE LOS ESTADOS DE JALISCO Y TAMAULIPAS ES IMPROCEDENTE DECRETARLO, SIENDO INAPLICABLE SUPLETORIAMENTE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
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Texto de la tesis

De la exposición de motivos de la Ley para los Servidores Públicos del Estado de Jalisco y sus Municipios, en específico de sus artículos 140 a 143, se advierte que el legislador ordinario no tuvo la intención de regular el embargo como medida de apremio en la ejecución del procedimiento laboral burocrático. Ahora bien, este silencio legislativo no implica llegar al extremo de que, a través de la interpretación, puedan crearse instituciones jurídicas no previstas en la ley o que, a partir de ello, bajo una interpretación sistemática, pueda recurrirse a otras legislaciones que contemplen esa po...

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