IUSera
Registro digital 2009036 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.A.E.52 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.

AUTORIDAD RESPONSABLE. NO TIENE ESE CARÁCTER LA EMPRESA QUE FORMA PARTE DE UN GRUPO DE INTERÉS ECONÓMICO DETERMINADO COMO AGENTE ECONÓMICO PREPONDERANTE QUE, EN CUMPLIMIENTO A LAS MEDIDAS QUE LE IMPONE EL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES EN LA RESOLUCIÓN DE PREPONDERANCIA, PUBLICA OFERTAS APROBADAS POR EL PROPIO INSTITUTO.

Constitucional y Amparo Transporte y Comunicaciones
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Del artículo 5o., fracción II, párrafo segundo, de la Ley de Amparo, se advierte que para tener a un particular con el carácter de autoridad responsable se requiere, por una parte, que realice actos equivalentes a los de una autoridad, los que deben entenderse como aquellos que crean, modifican o extinguen situaciones jurídicas en forma unilateral y obligatoria y, por otra, que las funciones del particular estén previstas en una norma general. En este sentido, cuando una empresa que forma parte de un grupo de interés económico determinado por el Instituto Federal de Telecomunicaciones como age...

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