ACTOS MATERIALMENTE ADMINISTRATIVOS. CONSECUENCIAS DE LA OMISIÓN DE LA AUTORIDAD RESPONSABLE DE RENDIR SU INFORME JUSTIFICADO O DE HACERLO SIN COMPLEMENTAR LA FALTA O INSUFICIENCIA DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN DE AQUÉLLOS ADUCIDA EN LA DEMANDA DE AMPARO (LEGISLACIÓN VIGENTE A PARTIR DEL 3 DE ABRIL DE 2013).
Texto de la tesis
De acuerdo con el artículo 117, primero, cuarto y último párrafos, de la Ley de Amparo, las autoridades responsables deben rendir su informe con justificación a través de los medios previstos en la propia norma, en el cual expondrán, entre otros aspectos, las razones y fundamentos que estimen pertinentes para sostener, en su caso, la improcedencia del juicio, así como la constitucionalidad o legalidad del acto reclamado, mientras que respecto de los actos materialmente administrativos se establece una regla específica, consistente en que cuando en la demanda se aduzca la falta o insuficiencia...
Lee la tesis completa gratis
Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.