IUSera
Registro digital 2008975 · Tesis aislada · 10a. Época · XXVII.3o.77 K (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.

PARTIDOS POLÍTICOS. LAS ACCIONES U OMISIONES QUE DESPLIEGAN COMO ENTES DE INTERÉS PÚBLICO, NO SON RECLAMABLES EN EL JUICIO DE AMPARO.

Constitucional y Amparo Electoral Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

En el artículo 5o., fracción II, de la Ley de Amparo, el legislador identificó a los sujetos cuyos actos son impugnables en el juicio constitucional: la autoridad responsable y los particulares que realicen actos equivalentes a los de autoridad. De modo que, será autoridad aquella que se ubique en un plano de supra a subordinación frente a los particulares y cuyos actos, desde esa posición, crean, modifican o extinguen situaciones jurídicas en forma unilateral y obligatoria; mientras que para determinar la procedencia del amparo contra actos de particulares se atenderá a que éstos sean equival...

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