IUSera
Registro digital 2008921 · Tesis aislada · 10a. Época · IV.3o.T.27 L (10a.) · TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO.

RESCISIÓN DE LA RELACIÓN DE TRABAJO POR UN MOTIVO RAZONABLE DE LA PÉRDIDA DE LA CONFIANZA. HIPÓTESIS EN QUE SE ACTUALIZA, CONFORME AL ARTÍCULO 185 DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.

Laboral y Seguridad Social
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De conformidad con el artículo 185 de la Ley Federal del Trabajo, los trabajadores de confianza son susceptibles de despido si existe un motivo razonable de pérdida de la confianza, a pesar de que no coincida con las causas justificadas de rescisión previstas por el numeral 47 de la citada ley. Por tanto, para que se dé la causa de rescisión basta que el motivo aducido por el patrón sea razonable, aun cuando no configure una falta de probidad, ni sea de tal naturaleza que tenga que ser unánimemente aceptado. En ese entendido, si la demandada acredita que cumplió con el artículo 47 de la aludid...

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