SEGURO SOCIAL. EN TÉRMINOS DE LAS CLÁUSULAS 46 Y 47 DEL CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO (BIENIO 2007-2009), LOS DÍAS INHÁBILES DEBEN SER INCLUIDOS PARA SU PAGO DENTRO DE LOS PERIODOS VACACIONALES ADEUDADOS A SUS TRABAJADORES.
Texto de la tesis
Acorde con lo resuelto por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la contradicción de tesis 185/2003-SS, que dio origen a la jurisprudencia 2a./J. 53/2004, de rubro: "PRIMA VACACIONAL. SU PAGO DEBE COMPRENDER LOS DÍAS INHÁBILES QUE OCURRAN DURANTE EL PERIODO DE VACACIONES (TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN)." -al interpretar el artículo 123, apartado A, fracción IV, de la Constitución Federal-, así como de la intelección de las cláusulas 46 y 47 del Contrato Colectivo de Trabajo aplicable a los trabajadores del Instituto Mexicano del Seguro Social,...
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