IUSera
Registro digital 2008726 · Tesis aislada · 10a. Época · I.1o.A.E.16 A (10a.) · PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA ESPECIALIZADO EN COMPETENCIA ECONÓMICA, RADIODIFUSIÓN Y TELECOMUNICACIONES, CON RESIDENCIA EN EL DISTRITO FEDERAL Y JURISDICCIÓN EN TODA LA REPÚBLICA.

APROVECHAMIENTOS. TIENEN ESA NATURALEZA LAS PRESTACIONES DE CARÁCTER PATRIMONIAL A CARGO DE LOS CONCESIONARIOS DE LOS SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES, PREVISTAS EN EL ARTÍCULO 110 DE LA LEY DE VÍAS GENERALES DE COMUNICACIÓN.

Fiscal y Hacendario
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

El artículo 110 de la Ley de Vías Generales de Comunicación, al señalar que "el Gobierno Federal tendrá el derecho de percibir una participación en los ingresos que obtengan las empresas de vías generales de comunicación y medios de transporte por la explotación de los servicios concesionados", impone a los concesionarios de los servicios de telecomunicaciones una carga, derivada de haber sido facultados para la prestación de un servicio que le correspondería prestar al Estado de forma originaria, por lo que, los beneficios o utilidades obtenidas a partir del mismo deben ser compartidas con el...

Lee la tesis completa gratis

Crea tu cuenta y consulta el texto íntegro, el semanario de cada semana y la biblioteca de leyes.