INTERÉS JURÍDICO Y/O LEGÍTIMO EN EL AMPARO. CARECEN DE ÉL QUIENES RECLAMAN LA RESOLUCIÓN QUE DETERMINA AL AGENTE PREPONDERANTE EN EL SECTOR DE RADIODIFUSIÓN Y LE IMPONE LA PROHIBICIÓN PARA ADQUIRIR EN EXCLUSIVA DERECHOS DE TRANSMISIÓN SOBRE CONTENIDOS RELEVANTES, SI NO PARTICIPAN EN DICHO SECTOR, SINO EN EL DIVERSO DE TELECOMUNICACIONES, PORQUE PRESTAN EL SERVICIO DE TELEVISIÓN RESTRINGIDA, Y LA RESOLUCIÓN NO LOS CONSIDERA SUJETOS OBLIGADOS DIRECTOS.
Texto de la tesis
La resolución que determina al agente preponderante en el sector de radiodifusión y le impone las medidas necesarias para evitar la afectación a la competencia y la libre concurrencia, entre ellas, la prohibición para adquirir en exclusiva derechos de transmisión sobre contenidos relevantes; por su contenido, en sí misma no ocasiona la afectación real y actual que exigen, para la procedencia del amparo, los artículos 107, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 5o., fracción I, 6o. y 61, fracción XII, de la ley de la materia, en la esfera de derechos de quienes...
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