IUSera
Registro digital 2008649 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. CI/2015 (10a.) · Primera Sala

PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR. LA VÍA IDÓNEA PARA SOLICITAR LA NULIDAD DE LAS CLÁUSULAS DE UN CONTRATO DE ADHESIÓN ES LA ORDINARIA MERCANTIL.

Mercantil Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

Esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estima que la vía idónea para solicitar la declaración judicial de la nulidad de cláusulas de un contrato de adhesión es la ordinaria mercantil, atendiendo a los criterios emitidos por este alto tribunal, en el sentido de que para determinar si un acto es de comercio debe atenderse a su naturaleza jurídica. Así, si el artículo 85 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, prevé que los contratos de adhesión son documentos elaborados unilateralmente por el proveedor para establecer en formatos uniformes los términos y las condic...

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