IUSera
Registro digital 2008622 · Tesis aislada · 10a. Época · XIII.T.A.9 L (10a.) · TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS DE TRABAJO Y ADMINISTRATIVA DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO.

PENSIÓN JUBILATORIA DE LOS TRABAJADORES ACADÉMICOS DE LA UNIVERSIDAD AUTÓNOMA BENITO JUÁREZ DE OAXACA. SU PAGO DEBE CALCULARSE CONFORME AL ÚLTIMO SALARIO ORDINARIO.

Laboral y Seguridad Social
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Texto de la tesis

De la interpretación estricta de la cláusula nonagésima cuarta del Contrato Colectivo de Trabajo celebrado entre la Universidad Autónoma Benito Juárez de Oaxaca y su sindicato de trabajadores académicos, vigente a partir de 2004, que establece que la universidad se obliga a cubrir a la trabajadora o al trabajador por los 28 y 30 años de servicios prestados, una jubilación consistente en el pago del cien por ciento del salario que devengue al momento de su jubilación, se colige que se refiere a la totalidad del salario percibido sistemática y ordinariamente durante las últimas quincenas en que...

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