IUSera
Registro digital 2008554 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. LXXXVI/2015 (10a.) · Primera Sala

RECONOCIMIENTO DE PATERNIDAD. LA OBLIGACIÓN DE PROPORCIONAR ALIMENTOS NACE A PARTIR DEL VÍNCULO PATERNO-MATERNO-FILIAL.

Civil y Familiar
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

La obligación de los progenitores de prestar alimentos a sus hijos queda integrada en la relación de patria potestad, pero la fuente no es la patria potestad sino la paternidad y/o maternidad en los casos de los alimentos que derivan del reconocimiento de paternidad, de tal manera que esa situación comienza para el menor desde el instante que marca el inicio de su vida, es decir, el origen es el vínculo paterno-materno-filial. Así pues, tomando en cuenta que los alimentos tienen su fundamento en razón de la generación, la única condición para la existencia de la deuda alimenticia -en los casos...

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