MARCAS DESCRIPTIVAS. NO TIENEN ESE CARÁCTER LAS RELATIVAS A UN BIEN, INVENCIÓN O MECANISMO PARA CUYA FABRICACIÓN Y FUNCIONAMIENTO NO SE REQUIERE DE UNA FORMA O FIGURA ESPECÍFICA.
Texto de la tesis
El artículo 90, fracción IV, de la Ley de la Propiedad Industrial, al establecer que no serán registrables como marca las figuras o formas tridimensionales que, considerando el conjunto de sus características, sean descriptivas de los productos o servicios que traten de protegerse, tiene como finalidad evitar la competencia desleal entre fabricantes o comerciantes, impidiendo que alguno de ellos se apropie individualmente de alguna forma geométrica o figura que sea de tal naturaleza que todos los demás tengan derecho a usarla, por ser la descripción gráfica típica de algún producto o servicio...
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