IUSera
Registro digital 2008489 · Tesis aislada · 10a. Época · 1a. LXV/2015 (10a.) · Primera Sala

COSTAS EN EL JUICIO EJECUTIVO MERCANTIL. EL ARTÍCULO 1084, FRACCIÓN III, DEL CÓDIGO DE COMERCIO, QUE PREVÉ SU CONDENA, NO VULNERA EL DERECHO DE ACCESO A LA JURISDICCIÓN.

Constitucional y Amparo Mercantil
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Texto de la tesis

La condena en costas prevista en el artículo y fracción citados, sólo se dirige a las partes que intervienen en un juicio ejecutivo mercantil, cuya racionalidad descansa en que ese tipo de juicios, de conformidad con el numeral 1391 del Código de Comercio, deben fundarse necesariamente en un documento que traiga aparejada ejecución, por lo que no se trata de procesos de cognición, pues el demandante únicamente busca la realización del crédito que se encuentra en el título que le sirve de base a ese juicio y no necesita que en el proceso se declare su derecho, porque éste ya está reconocido de...

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