RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS. DIFERENCIAS ENTRE LA POLÍTICA Y LA ADMINISTRATIVA (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE MICHOACÁN).
Texto de la tesis
Las fracciones I y III del artículo 107 de la Constitución Política del Estado de Michoacán establecen, respectivamente, dos tipos de responsabilidad: i) en el ámbito político; y, ii) de naturaleza administrativa. En el primero se condiciona la sustanciación del juicio político para aplicar las sanciones indicadas en el diverso numeral 108 del mismo ordenamiento, a que se trate de los servidores públicos que podrán ser sujetos de éste; las sanciones consistirán en la suspensión, destitución o inhabilitación para desempeñar las funciones, empleos, cargos o comisiones, y el procedimiento corresp...
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