TÍTULO EJECUTIVO CONSTITUIDO POR LA COMISIÓN NACIONAL PARA LA PROTECCIÓN Y DEFENSA DE LOS USUARIOS DE SERVICIOS FINANCIEROS. REQUISITOS PARA SU CONFIGURACIÓN (REFORMA AL ARTÍCULO 68 BIS DE LA LEY RELATIVA, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 10 DE ENERO DE 2014).
Texto de la tesis
La reforma al citado numeral señala que el dictamen emitido por la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros puede tener el carácter de título ejecutivo, de ser así, en términos de la fracción IX del artículo 1391 del Código de Comercio, éste traerá aparejada ejecución. Dicha reforma tuvo como motivación legislativa dotar a la referida comisión de herramientas con las que se pretende lograr un equilibrio entre las relaciones de las entidades financieras con los usuarios de sus servicios, en beneficio primordialmente de éstos. Así, del texto legal d...
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