SALARIOS CAÍDOS. SU PAGO DEBE CALCULARSE DESDE LA FECHA DEL DESPIDO INJUSTIFICADO HASTA UN DÍA ANTES AL EN QUE EL TRABAJADOR ES REINSTALADO, SI ELLO SE CONCRETÓ PREVIO AL DICTADO DEL LAUDO.
Texto de la tesis
Cuando un trabajador reclama la reinstalación en su puesto, así como el pago de salarios caídos, alegando que fue despedido injustificadamente y es reincorporado en fecha previa a la emisión del laudo, el cálculo para dicho pago debe hacerse hasta un día antes de la reinstalación. Ello, en virtud de que al materializarse la reinstalación del obrero en su plaza o puesto, se considerará como el primer día laborable, por lo que es a partir de ese momento en que se adquiere el derecho a percibir las retribuciones económicas con motivo de ese hecho; esto es, el trabajador a partir de la reinstalaci...
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