IUSera
Registro digital 2008295 · Tesis aislada · 10a. Época · I.13o.T.114 L (10a.) · DÉCIMO TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

PRUEBAS EN EL JUICIO LABORAL (INFORME OFRECIDO A CARGO DE UNA INSTITUCIÓN BANCARIA AJENA AL PROCESO). AUN CUANDO EL OFERENTE NO PROPORCIONE EL NÚMERO DE CUENTA, PARA SU DESAHOGO ES SUFICIENTE EL NOMBRE Y NÚMERO DE CLIENTE.

Laboral y Seguridad Social Procesal y Justicia
Ficha oficial en el SJF →

Texto de la tesis

De los artículos 776, 780, 782 y 783 de la Ley Federal del Trabajo, vigente hasta el 30 de noviembre de 2012, se advierte que en el proceso laboral son admisibles todos los medios de prueba, siempre que no sean contrarios a la moral y al derecho; se ofrecerán acompañadas de todos los elementos necesarios para su desahogo, así como que la Junta podrá practicar u ordenar las diligencias que juzgue convenientes y pedir a cualquier persona ajena al juicio que proporcionen los datos o documentos que tenga en su poder para el esclarecimiento de la verdad, quien está obligada a aportarlos. Sobre esta...

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